sábado, 18 de julio de 2009

La liberación de la mujer a través del Islam

LA LIBERACIÓN DE LA MUJER A TRAVÉS DEL ISLAM

Artículo escrito por Mary Ali y Anjum Ali, publicado en inglés por el Instituto de Información y Educación Islámica de Chicago, Estados Unidos, en http://www.alrahman.org/women.htm).





Hoy día la gente cree que la mujer está liberada en Occidente y que el movimiento de liberación femenina comenzó en el siglo XX. En realidad, el movimiento de liberación femenina no fue iniciado por las mujeres, sino que fue revelado por Dios en el siglo VII a un hombre de nombre Mujámmad (la paz y las bendiciones de Dios sean con él), quien es conocido como el Sello de los Profetas. El Corán y las tradiciones del Profeta (PB) o Sunna, son las fuentes de las que toda mujer musulmana deriva sus deberes y derechos.

1. Derechos Humanos.

El Islam, hace 14 siglos, declaró que la mujer tiene la misma obligación de glorificar y adorar a Dios que el hombre, estableciendo que no hay límites para el progreso moral de la mujer. Además, el Islam estableció la igualdad de la mujer y el hombre en su humanidad.

En el Corán, en el primer versículo (aleya) del capítulo (sura) titulado “Las Mujeres”, Dios dice: “Oh, seres humanos! Tengan temor de su Señor, Quien los ha creado de un solo ser, del que creó a su cónyuge e hizo descender de ambos muchos hombres y mujeres. Tengan temor de Dios, en Cuyo nombre se reclaman sus derechos, y respeten los lazos familiares. Dios los observa.” (4:1).


En la medida en que hombres y mujeres provienen de la misma esencia, son iguales en su humanidad. La mujer no puede ser de naturaleza demoníaca (como algunas religiones creen) ni el hombre puede ser demoníaco tampoco. Igualmente, ningún género puede ser superior puesto que ello sería contradictorio con la igualdad.

2. Derechos Civiles.

En el Islam, la mujer tiene la libertad básica de escogencia y expresión basada en el reconocimiento de su personalidad individual. Primero, ella es libre de escoger su religión. El Corán establece: “Una vez establecida la diferencia entre la guía correcta y el desvío, no se puede forzar a nadie a creer” (2:256).

La mujer es alentada en el Islam a compartir sus opiniones e ideas. Hay muchas tradiciones (jadices) del profeta (PB) que muestran que las mujeres podían hacerle preguntas directamente a él y ofrecer sus opiniones en asuntos religiosos, económicos y sociales.


Una mujer musulmana escoge su marido y mantiene su nombre después del matrimonio. El testimonio de una mujer musulmana es válido en disputas legales. De hecho, en áreas en las que la mujer está más familiarizada, su evidencia es concluyente.

3. Derechos Sociales.

El Profeta (PB) dijo: “Buscar el conocimiento es una obligación de todo musulmán (hombre y mujer)”. Esto incluye el conocimiento del Corán y la Sunna así como otro conocimiento. Hombres y mujeres tienen la capacidad de aprender y entender. Debido a que también es su obligación promover el buen comportamiento y condenar el mal comportamiento en todas las esferas de la vida, la mujer musulmana debe obtener la educación apropiada para cumplir este deber de acuerdo con sus talentos naturales e intereses.


 Mientras el mantenimiento del hogar, brindar apoyo a su esposo, y parir, educar y enseñar a los niños están entre los que se consideran los primeros y más elevados roles de una mujer, si ella tiene las habilidades para trabajar fuera del hogar para bien de la comunidad, puede hacerlo siempre que cumpla con sus obligaciones familiares.

El Islam reconoce y fomenta las diferencias naturales entre hombres y mujeres a pesar de su igualdad. Algunos tipos de trabajo son más apropiados para hombres y otros tipos para mujeres. Esto no va en detrimento de su esfuerzo o beneficio. Dios recompensará a ambos sexos igualmente por el valor de su trabajo, aunque no necesariamente sea la misma actividad.

En relación a la maternidad, el Profeta (PB) dijo: “El paraíso se encuentra bajo los pies de las madres”. Esto implica que el éxito de una sociedad puede ser atribuido a las madres que la levantan. La primera y mayor influencia de una persona proviene del sentido de seguridad, afecto y formación recibido de la madre. Por ello, para que una mujer tenga hijos debe ser educada y concienciada para ser una madre competente.

4. Derechos Políticos.

Un derecho dado a la mujer musulmana por Dios hace 1.400 años es el derecho al voto.(1) En cualquier materia pública, una mujer puede hacer escuchar su opinión y participar en política. Un ejemplo, está en el Corán 60:12: “¡Oh, Profeta! Cuando las mujeres creyentes se presenten ante ti para prestarte juramento de fidelidad, comprometiéndose a no cometer idolatría, no robar, no cometer fornicación ni adulterio, no matar a sus hijos, no decir ninguna calumnia y a no desobedecerte, tómales el juramento de fidelidad y pide perdón a Dios por ellas. Dios es Absolvedor, Misericordioso.” Esto establece el derecho de la mujer a elegir su líder y declararlo públicamente. Finalmente, el Islam no prohíbe a la mujer ocupar importantes posiciones en el gobierno. Abdurrajmán Ibn Auf consultó con muchas mujeres antes de recomendar a Uzman Ibn Affan como Califa.

5. Derechos Económicos.

El Corán establece: “Por Quien creó al hombre y a la mujer, que las obras [de las personas] son diversas.” (92:3-4) En estas aleyas, Dios declara que Él creó hombres y mujeres para ser diferentes, con roles, funciones y habilidades únicos. Como en la sociedad, donde hay una división de las labores, también en la familia, cada miembro tiene diferentes responsabilidades. En general, el Islam defiende que las mujeres están encargadas del rol alimentador y los hombres del rol protector. Por tanto, las mujeres tienen el derecho a ser mantenidas.

El Corán establece: “Los hombres son responsables del cuidado de las mujeres debido a las diferencias [físicas] que Dios ha puesto entre ellos, y por su obligación de mantenerlas con sus bienes materiales.” (4:34).

Esta tutela y mayor responsabilidad financiera dada a los hombres, implica que ellos deben proveer a las mujeres no sólo con soporte monetario sino con protección física y trato cariñoso y respetuoso.

La mujer musulmana tiene el privilegio de ganar dinero,(2) el derecho a tener propiedades, a firmar contratos legales y a manejar sus activos en la forma que le plazca. Puede tener su propio negocio y nadie tiene ningún derecho sobre sus ganancias, incluido su esposo. El Corán establece: “No codicien lo que Dios ha concedido a unos más que a otros. Los hombres obtendrán una recompensa conforme a sus méritos, y las mujeres obtendrán una recompensa conforme a sus méritos. Rueguen a Dios para que les conceda de Sus favores. Dios conoce todas las cosas.” (4:32)

Una mujer hereda de sus parientes. El Corán establece: “A los varones les corresponde un porcentaje de la herencia que dejen los padres y parientes más cercanos, y a las mujeres otro porcentaje de lo que los padres y parientes más cercanos dejen. Fuere poco o mucho, les corresponde [por derecho] un porcentaje determinado de la herencia.” (4:7).

6. Derechos de la Esposa.

El Corán establece: “Entre Sus signos está haber creado cónyuges de entre ustedes para que encuentren sosiego, y dispuso entre ustedes amor y misericordia. En ello hay signos para quienes reflexionan.” (30:21) El matrimonio es por tanto no sólo una necesidad física o emocional, es de hecho, ¡una señal de Dios! Es una relación de mutuos derechos y obligaciones basada en la guía divina. Dios creó a hombres y mujeres con naturalezas complementarias, y en el Corán, Él estableció un sistema de leyes para soportar la interacción armoniosa entre los sexos.

“[…] Ellas son su vestimenta, y ustedes la vestimenta de ellas.” (2:187)

La ropa provee protección física y cubre la belleza y las imperfecciones del cuerpo. Del mismo modo, los esposos son vistos de esta manera. Cada uno protege al otro, cubre sus fallas y complementa las características de su pareja.

Para fomentar el amor y la seguridad que vienen con el matrimonio, las esposas musulmanas tienen varios derechos. El primer derecho de la esposa es recibir dote,(3) un regalo del esposo que es parte del contrato nupcial y es requerido por la legalidad del matrimonio.

El segundo derecho de la esposa es el mantenimiento. A pesar de la riqueza que ella pueda tener, su esposo está obligado a proveerle comida, vivienda y vestido. Él no es forzado, sin embargo, a gastar más allá de su capacidad y su esposa no tiene derecho a hacer demandas no razonables. El Corán establece: “Que el adinerado mantenga de acuerdo a su abundancia, pero aquel cuyo sustento es escaso que lo haga acorde a lo que Dios le ha provisto. Dios no exige a nadie por encima de sus posibilidades. Dios hará que luego de toda estrechez venga la prosperidad.” (65:7)

Dios nos dice que los hombres son guardianes de las mujeres y les otorga el liderazgo en la familia. Su responsabilidad de obedecer a Dios se extiende a guiar a su familia a obedecer a Dios en todo momento.

Los derechos de la esposa también se extienden más allá de las necesidades materiales. Ella tiene el derecho a ser tratada con afecto. El Profeta (PB) dijo: “Los creyentes más perfectos son los de mejor conducta. Y entre ellos los mejores son los que dan mejor trato a sus esposas”. Dios nos dice que Él creó compañeros y puso amor, misericordia y tranquilidad entre ellos.

Tanto hombres como mujeres tienen una necesidad de compañía así como necesidades sexuales, y el matrimonio está diseñado para satisfacer dichas necesidades. Si un esposo niega esta satisfacción al otro, vendrá la tentación de buscar tal satisfacción en cualquier parte.

7. Deberes de una Esposa.

Con los derechos vienen responsabilidades. Por ello, las esposas tienen ciertas obligaciones para con sus esposos. El Corán establece: “Las mujeres piadosas e íntegras obedecen a Dios y en ausencia de su marido se mantienen fieles, tal como Dios manda.” (4:34)

Una esposa debe guardar los secretos de su esposo y proteger su privacidad marital. Cuestiones de la intimidad o defectos que puedan deshonrarle a él, no deben ser revelados por la esposa, del mismo modo que él debe guardar el honor de ella.

Una esposa también debe guardar las propiedades de su esposo. Debe salvaguardar su hogar y posesiones, en la medida de sus posibilidades, del robo y el daño. Debe administrar con prudencia los asuntos domésticos a fin de evitar pérdidas y desperdicios. Ella no debe permitir la entrada a la casa a nadie que desagrade a su esposo, ni incurrir en ningún gasto que su esposo desapruebe.

Una mujer musulmana debe cooperar y coordinar con su esposo. No puede, sin embargo, cooperar con un hombre que desobedece a Dios. Ella no debe satisfacer sus solicitudes si él le pide algo ilegal.(4) El esposo tampoco debe tomar ventaja de su esposa, sino que debe ser considerado con las necesidades y la felicidad de ella.

8. Conclusión

El Corán establece: “Un verdadero creyente o a una verdadera creyente no deben, cuando Dios y Su Mensajero hayan dictaminado un asunto, actuar en forma contraria. Quien desobedezca a Dios y a Su Mensajero se habrá desviado claramente.” (33:36).

Hace 1.400 años le fueron entregados a la mujer musulmana un rol, unos deberes y unos derechos que muchas mujeres no disfrutan hoy día, incluso en Occidente. Éstos provienen de Dios y están diseñados para mantener el balance en la sociedad; lo que puede parecer injusto o faltante en un lugar, es compensado o explicado en otro lugar. El Islam es una forma de vida completa.

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(1) No se entienda aquí voto como el sufragio en una democracia. El Islam es un sistema socio-económico-político-moral-religioso completo, coherente, diferente y alternativo al capitalismo, al socialismo, y a todos los sistemas creados por el hombre (al respecto véase Leyendo la economía de Rodolfo Llinás). El derecho al voto en el Islam se refiere al derecho de todo musulmán, hombre y mujer, de participar activamente en los asuntos sociales, económicos y políticos de la comunidad. (Nota del traductor).

(2) La mujer musulmana tiene el derecho a ser mantenida, por ello, si trabaja lo que gane es sólo para sus gastos personales, no está obligada a aportar al hogar (al respecto véase Derechos y deberes de la mujer en el Islam). (Nota del traductor).

(3) Como regalo del marido a su nueva esposa, la dote no forma parte de los bienes conyugales, es de ella y en caso de divorcio el marido no puede exigir su devolución en todo o parte. Igualmente, los bienes que tenga la esposa antes de casarse, no entran a formar parte de los bienes conyugales, y el marido no tiene derecho sobre ellos en caso de divorcio (al respecto véase La mujer en la cultura árabo-musulmana). (Nota del traductor).

(4) Al hablar de ilegal se refiere a todo lo que esté en contra del Corán o la Sunna. El incumplimiento por parte de cualquiera de los esposos de uno solo de los derechos y deberes que el Islam establece para cada uno de ellos, puede ser denunciado por el otro esposo como causal de divorcio. El hecho de que uno de los esposos no cumpla con los 5 pilares del Islam, también puede ser denunciado por el otro como causal de divorcio. Por supuesto, las leyes locales del lugar donde habiten los esposos, serán respetadas en la medida en que no sean contrarias al Corán o la Sunna, y en ese sentido, ningún esposo podrá solicitar a su pareja nada que sea ilegal en dichas leyes (al respecto véase Lo que no es el Islam). (Nota del traductor).


Traducido por Said Abdunur Pedraza, excepto la traducción de las citas coránicas, que fueron tomadas de El Corán, traducción realizada por el Lic. Isa García, disponible en http://islamhouse.com/es/books/735228/.

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¿Es traducible el Corán?


¿Es traducible el Corán?


Introducción por Said Abdunur Pedraza


Toda traducción tiene sus bemoles, y dos traductores eruditos en un tema harán traducciones más o menos divergentes del mismo (el artículo La Traducción es muy diciente al respecto). Si traducir la poesía de Rimbaud al español no es tarea sencilla (por poner apenas un ejemplo), ¿qué podemos pensar de traducir la palabra de Dios? Esta es una de las principales razones por las que sólo se considera verdadera revelación divina el texto coránico original en árabe, que ha sido conservado intacto en los manuscritos y en la memoria de los jafid (protectores) por más de 14 siglos (otra es que sólo preservando el texto original se garantiza que no haya modificaciones, alteraciones ni recortes al mensaje divino). Por ello, es bueno al leer una traducción del Corán corroborar con otra, y asesorarse con alguien que conozca (de preferencia, alguien que pueda recitar el Corán en árabe).

Hay que tener cuidado con muchas traducciones hechas por orientalistas, en especial las realizadas a comienzos del siglo XX y anteriores. Algunas son malintencionadas, hacen comentarios absurdos o alteran el texto original. Otras son bien intencionadas, pero realizadas con una profunda ignorancia del Islam y/o la lengua árabe, entonces son totalmente inútiles para conocer el mensaje coránico. Por supuesto, la mayoría de los textos coránicos citados por periodistas, cristianos fundamentalistas, terroristas y otros enemigos del islam (citas utilizadas para justificar la violencia a nombre del Islam, para justificar la violencia contra el Islam, o simplemente para mostrar al Islam como una ideología retrógrada y violenta) corresponden a traducciones acomodadas y malintencionadas, realizadas por personas que no tienen idea de qué es el Islam y que desconocen por completo el texto coránico. Estas son las traducciones que se pueden comprar en cualquier librería en occidente.
Yo uso principalmente (aunque no únicamente) dos traducciones en español que son las mejores que se consiguen en nuestra lengua: La primera fue realizada por un equipo de trabajo que incluyó expertos graduados en derecho islámico, teología, e idioma árabe de varias universidades islámicas reputadas y mezquitas de Iberoamérica, que se esforzaron en ser fieles al texto original en cuanto al significado, sin perder de vista por ello la fluidez y elegancia del texto en español. Esta traducción es publicada por International Islamic Publishing House (IIPH) con el nombre "El Sagrado Corán, traducción de su contenido al idioma español", y puede consultarse en línea y ser descargada en http://www.nurelislam.com/coran/index.htm. También se puede leer en línea o descargar la version en PDF en http://www.islamic-invitation.com/book_details.php?bID=1499&dn=1 y en http://es.slideshare.net/islamicinvitation/traduccin-de-los-significados-de-el-sagrado-corn-en-idioma-espaol.



La segunda, que es la que más utilizo, mi traducción de cabecera para mi trabajo como autor y traductor de textos islámicos, fue realizada por el director editorial de la anterior (la de la IIPH) y revisada por uno de los expertos que participaron también en dicha traducción. Se trata de la única traducción de los significados del Corán al español hecha especialmente para el público latinoamericano, y la más reciente de todas. Titulada "El Corán, traducción comentada", fue realizada por el Lic. Isa García, egresado de la Universidad Um Al Kura de La Meca y revisada por el Lic. Anas Amer Quevedo, egresado de la Universidad de Medina. Esta traducción se encuentra disponible para consulta en línea en http://www.flashquran.com/es/index.html#1, y puede descargarse en PDF en esta página del traductor. También se puede descargar como una de las traducciones disponibles para la aplicación Quran Android (http://play.google.com/store/apps/details?id=com.quran.labs.androidquran).

Todas las traducciones tienen sus pro y sus contra, pero estas dos se complementan bien y se encuentran entre las más aceptadas. A continuación, reproduzco un artículo interesante sobre el tema de la traducción del Corán.

¿Es traducible el Corán?

Autor Mujámmad Chakor



Islam significa sumisión a Dios. Sus pilares son cinco: profesión de fe (Chajada), oración, limosna o azaque, ayuno durante el mes de ramadán y peregrinación a Meca para los creyentes que tengan recursos. El Mundo Islámico (Umma) tenía hace una década 1.454 millones de habitantes, indican fuentes de la ONU (United Nations, World Population 1994, New York). En el año 2025 el número de musulmanes será de 2.000 millones, es decir, el 23 por ciento de la población mundial que, entonces, alcanzará la cifra de 8.600 millones de almas. Según lacute; Annuaire des Nacions Unies de 1991, 838 millones de muslimes vivían en Asia (69%), 350 millones en África (29%), 18 millones en Europa (1,5%) y 6 millones en América y Oceanía (0,5%). El 29% de los musulmanes es indio (Pakistán, Bangladesh, India), 19% es malayo (Indonesia, Malasia), 17 % es árabe, 12% es turco (Turquía, Asia Central) y el 8% es persa (Irán, Afganistán). El 90% de los musulmanes siguen la sunna (tradición profética) y el 10% es de tendencia Chií, partidarios de Alí, primo y yerno del Profeta (teológicamente no considerados como musulmanes, pues tienen clero y santos, cosas inexistentes en el Islam). Veinte millones de árabes son cristianos: coptos, maronitas, nestorianos, evangélicos, ortodoxos... No todos los árabes son musulmanes ni tampoco todos los musulmanes son árabes. La arabidad no es una raza sino un concepto cultural que abarca pueblos y etnias: beréberes, kurdos, afroárabes, etc. El mestizaje es la característica principal de los árabes que viven en el Magreb y Oriente Próximo. Importantes naciones islámicas no son arabófonas: Turquía, Irán, Pakistán, Afganistán, Indonesia, etc. Las grandes lenguas muslímicas, habladas por más de mil millones de personas, son el turco, farsí o persa, urdú, bengalí, hindi, bahasa indonesio, bahasa malayo, tamazigh o bereber, suajili, hausa... Muchas de las lenguas precitadas tienen alfabeto árabe. La Organización de la Conferencia Islámica (OCI), que engloba a 57 países mayoritaria o parcialmente musulmanes, es la institución supranacional más importante después de las Naciones Unidas. La Liga Árabe, con sede en El Cairo (Egipto), sólo agrupa a 22 Estados arabófonos.


El Corán, que quiere decir recitación o lectura, fue revelado por Dios en lengua árabe al Profeta Mujámmad por mediación del arcángel Gabriel. El Corán está formado por 114 suras (capítulos) que tienen 6.200 versículos coránicos o aleyas, 323.631 letras y 77.934 vocablos. Las suras no están colocadas por orden cronológico. Las más largas están al principio y las más cortas al final. La revelación ha durado más de dos décadas. El primer período de la revelación de las suras tuvo lugar en la Meca y el segundo en Medina. El Califa Othman (644-656) recopiló y fijó el texto coránico definitivo que se conserva invariable hasta nuestros días. No hay textos apócrifos del 'Mushaf' (vulgata). En la noche del 26 de ramadán, noveno mes del calendario musulmán, fue revelada la primera aleya: '¡Lee! En el nombre de tu Señor, que ha creado al ser humano de un coágulo. ¡Lee! por tu Señor el Munífico, que enseñó con el cálamo; enseñó al ser humano lo que no sabía' (sura 96, versículos 1, 2, 3, 4, 5). Hay siete lecturas canónicas del Corán que están relacionadas con Tafsir (exégesis). No hay traducción oficial del Corán, sólo existe aproximación a su semántica. Su espíritu, sabiduría, sutileza, profundidad, metáforas y fuerza retórica son intraducibles. En la vida religiosa, litúrgica y socio-política el único texto valedero es el que fue revelado, en lengua árabe, hace quince siglos. Por ser la fuente fundamental de una civilización universal más que milenaria, el Corán es de gran interés para toda la humanidad. Se han hecho 180 traducciones del mismo al inglés, 75 al francés, 70 al alemán y una docena al castellano.

Gracias al crecimiento incesante de la comunidad islámica en España, tres intelectuales españoles de confesión muslime tradujeron el Corán a su lengua vernácula a finales del siglo XX y comienzos del XXI. El periodista levantino Abdul-Lah Álvaro Machordom tradujo los primeros capítulos coránicos, le siguió el andaluz Abdel Ghani Melara Navío con una edición bilingüe y, en 2001, apareció la última versión que debemos a Abdurrazak Pérez que vertió del inglés al castellano la traducción y comentarios del Corán realizados con antelación por el profesor judío austríaco, convertido al Islam, Mujámmad Asad, que vivió dos décadas en Arabia Saudí, donde aprendió perfectamente el árabe con los beduinos y los autóctonos. Las cinco mil notas aclaratorias enriquecen la obra que ha sido editada por el Centro de Documentación y Publicaciones de la Asociación Junta Islámica con sede en Almodóvar del Río, Córdoba (de filiación chía).

El autor de la traducción al inglés, Mujámmad Asad, observa en el prólogo que el Corán "no ha sido presentado aún en ninguna lengua europea en una forma que pudiera hacerlo verdaderamente comprensible. Cuando miramos a la larga lista de traducciones -empezando por las obras en latín de la Edad Media y siguiendo hasta nuestros días en casi todas las lenguas europeas- hallamos un denominador común entre sus autores, sean estos musulmanes o no musulmanes: todos ellos eran -o son- personas que adquirieron sus conocimientos del idioma árabe sólo mediante estudios académicos: es decir, de los libros. Ninguno de ellos, sin importar su nivel de erudición, se ha familiarizado con el idioma árabe como uno está familiarizado con el propio, ni ha absorbido sus matices y sus giros idiomáticos con una respuesta asociativa activa dentro de él, escuchándolo con un oído espontáneamente alerta al propósito subyacente, al simbolismo acústico de sus palabras y frases. Porque las palabras y las frases de una lengua, cualquiera que sea, son tan sólo símbolos de unos significados acordados, convencional o subconscientemente, por aquellos que expresan su percepción de la realidad por medio de tal lengua. A menos que el traductor sea capaz de reproducir dentro de sí el simbolismo conceptual de dicho lenguaje -es decir, a menos que lo oiga 'resonar' inmediatamente en su oído con toda su naturalidad- su traducción sólo conseguirá transmitir la cáscara externa del asunto literario al que se dedica la obra, y el significado interno del original, en mayor o menor medida se perderá: y cuanto más profundo sea el original, tanto más se desviará de su espíritu" (Asad, Muhammad, El mensaje del Qur'an).

El traductor y comentarista del Corán Mujámmad Asad, que pasó los últimos años de su vida en España y está enterrado en Granada, nos expone la difícil tarea que asumió: "No pretendo, sin embargo, haber 'traducido' el Qur'an en el mismo sentido en que podría traducirse, digamos, a Platón o a Shakespeare. A diferencia de cualquier otro libro, su significado y su presentación linguística forman una unidad inquebrantable. La posición de las palabras en una frase y su construcción sintáctica, la manera en que una metáfora fluye hasta convertirse casi imperceptiblemente en una afirmación pragmática, el uso del énfasis sonoro no sólo al servicio de la retórica sino como un medio de alusión a ideas no enunciadas pero claramente implícitas: todo esto hace al Qur'an, en último caso, único e intraducible. (...) El traductor debe estar guiado en todo su trabajo por el uso lingüístico que prevalecía en el tiempo de la revelación del Qur'an, debiendo siempre tener presente que algunas de sus expresiones, especialmente las relacionadas con conceptos abstractos, han experimentado con el paso del tiempo cambios sutiles en la mente popular y no deberían, por ello, ser traducidas de acuerdo al sentido que se les da en el uso post-clásico (...). Otro aspecto (no menos importante) que el traductor debe tener siempre presente es el iyás del Qur'an: esa inimitable elipsis que a menudo omite deliberadamente claúsulas de pensamiento intermedias a fin de expresar el estado final de una idea lo más aforística y concisamente posible dentro de las limitaciones de un lenguaje humano" (Ibíd. págs. VI y VII).

Esta bella metáfora coránica invita a la meditación: '... si el mar todo fuera la tinta para las palabras de mi Señor, ciertamente el mar se agotaría antes de que las palabras de mi Señor se agoten' (XVII, 109).

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El Mal del Tabaquismo

El Mal del Tabaquismo



PRÓLOGO

Una de las adicciones más extendidas en nuestros días es el tabaquismo. Alrededor del tabaco, consumido especialmente en forma de cigarrillos, se mueven cada día enormes cantidades de dinero. Muchas personas en todo el mundo dependen del tabaco para vivir, a la vez que millones de personas mueren a causa de las enfermedades que ocasiona. En el Islam todo lo que daña a la persona está estrictamente prohibido.

Por este motivo, muchos sabios musulmanes, a medida que se ha ido estableciendo la relación directa entre tabaco y enfermedades, han ido emitiendo fatuas (dictámenes jurídicos de la Ley islámica) contrarios a este hábito. El texto que sigue no es ninguna fatua, pero contiene los argumentos y las pruebas que manejan nuestros sabios para declarar la ilicitud del tabaco para los musulmanes.

Muchos somos los musulmanes que hemos fumado y lo hemos dejado. Con este texto queremos hacer reflexionar a los que aún fumen para ayudarlos a abandonar la esclavitud a la que los somete el consumo de esta sustancia.

FUMAR, ¿DESACONSEJABLE O PROHIBIDO?

El tabaco fue descubierto por los conquistadores españoles de América, hace más de 500 años; desde España, se extendió por el resto de Europa, y de allí al mundo islámico cerca de 100 años más tarde.


Desgraciadamente, mientras que Occidente hace tiempo que se ha dado cuenta de los peligros del fumar y ha intentado reducirlo, en los países musulmanes, el tabaquismo se ha extendido con poca o ninguna interferencia.

Los sabios musulmanes de la época, confrontados con este hábito detestable, lo declararon makruh (desaconsejable), comparándolo con cosas del estilo de los ajos y las cebollas (por aquello del mal aliento). Esto es debido a que, en ese tiempo, nadie era consciente de los efectos nocivos producidos por el tabaco, que incluyen cáncer, enfermedades del corazón, abortos y nacimientos prematuros en las mujeres y muchas otras enfermedades.

Desde que ha quedado claro que fumar es malo, es obligatorio que los musulmanes se abstengan de este vicio, según la opinión de muchos ‘ulamá, que lo han declarado jaram (prohibido), porque Al-Lah ha dicho: “(…) Y no os matéis a vosotros mismos pues Al-Lah es siempre Compasivo con vosotros” (Sura an-Nisá, 4:29), y el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-Lah sean con él) dijo: “No seáis de los que cometen daño y os cometáis daño” (Narrado por Ajmad).

A pesar de ello, algunos musulmanes, deliberadamente o por ignorancia, han seguido repitiendo el juicio de los sabios de los primeros tiempos de la introducción del tabaco, es decir, que fumar es makruh y no jaram.

El Mensajero de Al-Lah (PB) también dijo: “Los pies del hombre no partirán, en el Día del Juicio, de su posición ante su Señor, hasta que se le haya preguntado sobre cinco cosas: su vida y cómo la pasó; su juventud y cómo la usó; sus bienes –dónde los ganó y cómo los gastó; y cómo siguió lo que conocía” (Narrado por at-Tirmidhi).

Él (PB) también dijo: “Quien se envenene, matándose con ello, consumirá su veneno en el Fuego del Infierno y habitará allí eternamente” (Narrado por al-Bujâri).

Fumar es también perjudicial para la razón y la mente humana. Sólo hay que observar a un fumador cuando está privado un rato de sus cigarros: es brusco, nervioso, se enfada rápidamente y es incapaz de concentrarse. No puede relajarse hasta que tiene su “pitillo”. Tiene insomnio, indigestión, episodios de ansiedad aguda y demás…

El Mensajero de Al-Lah (PB) dijo: “Quien crea en Al-Lah y el Último Día no debe herir a su vecino” (Narrado por al-Bujâri). Él (PB) también dijo: “En verdad, el ejemplo de un buen compañero y uno malo es como el de un vendedor de perfume y un herrero: el primero te dará algún perfume o tú se lo comprarás, o, al menos, obtendrás un buen olor de él. Y por lo que respecta al soplador de los fuelles, obtendrás mal olor de él o quemará tu ropa” (Narrado por al-Bujâri y Múslim).



Fumar, además, es gastar el dinero de uno en cosas que sólo ofrecen un perjuicio y ningún beneficio, acerca de lo que Al-Lah el Altísimo dice: “(…) pero no malgastes en derrochar. Verdaderamente los derrochadores son hermanos de los demonios y Satanás es ingrato con su Señor” (Sura al-Isrá, 26-27), y el Mensajero de Al-Lah (PB) dijo: “Al-Lah te aborrece por tres cosas: chismosear, mendigar y derrochar el dinero” (Narrado por al-Bujâri y Múslim).

Fumar comporta consumir una mala sustancia. Tiene un olor desagradable, un sabor horrible y es dañino para el cuerpo. Al-Lah dice: “(…) Y que les ordena [el Profeta (PB)] lo reconocido como bueno y les prohíbe lo reprobable, les hace buenas las cosas lícitas e ilícitas las malas y los libera de las cargas y de las cadenas que pesaban sobre ellos (…)” (Sura al-Araf, 7:157).

Un fumador no sólo se hace daño a sí mismo, sino que lo hace a los demás. Con su mal ejemplo, los miembros de su familia, sus compañeros y amigos también fuman. De una u otra manera extiende el vicio a los demás. El problema aumenta cuando el fumador pertenece a un ámbito dedicado al Islam o a la educación, porque la gente lo puede tomar como modelo. Esto multiplica su falta ante Al-Lah y aumenta su carga.

Los fumadores encuentran el ayuno durante el mes de Ramadán más difícil que los no fumadores (el ayuno implica no comer, no beber, no fumar y no tener relaciones sexuales desde el alba hasta el ocaso), porque sufren una forma de adicción. Raramente ayunan voluntariamente porque incluso el ayuno obligatorio supone un problema para ellos.

La prohibición de fumar se aplica igualmente al usuario, el vendedor, el cultivador, el fabricante, el anunciante y todo aquellos que están implicados en su producción, venta o consumo, porque Al-Lah dice: “(…) Y buscad ayuda en la virtud y en el temor de Al-Lah, no en la desobediencia ni en la trasgresión. Y temed a Al-Lah, es cierto que Al-Lah es Fuerte castigando” (Sura al-Maida, 5:2).

Y el Mensajero de Al-Lah (PB) dijo: “En verdad, cuando Al-Lah prohíbe algo, prohíbe comerse su precio [obtener beneficio económico de ello]” (Narrado por Ajmad).

Así que, queridos hermanos y hermanas, si sois adictos a ese mal hábito, tenéis que poner vuestra intención firmemente en dejarlo y buscar ayuda en Aquél que lo ve y lo oye todo, y que contesta la súplica del creyente sincero. Él dice: “Y cuando mis siervos te pregunten sobre Mí…Yo estoy cerca y respondo al ruego del que me pide, cuando me pide; así pues que ellos me respondan y crean en Mí, ¡Ojalá se guíen rectamente!” (Sura al-Bácara, 2:186).

Tomado de http://www.inforislam.com/tabaquismo.htm, traducción, prólogo y resumen de Omar Ribas. (2009)


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lunes, 13 de julio de 2009

Derechos y deberes de la mujer en el Islam

DERECHOS Y DEBERES DE LA MUJER EN EL ISLAM

Por Dr. Sherif Muhammad

(escritor musulmán y profesor universitario de Ing. Eléctrica en Canadá)


La situación de la mujer en el Islam no plantea problema alguno. La actitud del Corán y de los primeros musulmanes testimonia el hecho de que la mujer es, por lo menos, tan vital para la vida como el hombre y que no es inferior a él, ni pertenece a una de las especies inferiores.

Para poder entender lo que el Islam ha establecido para la mujer, no es preciso deplorar su situación en la era preislámica ni en el mundo actual. El Islam ha otorgado a la mujer derechos y privilegios, que no ha disfrutado jamás en otros sistemas religiosos, o constitucionales. Así se comprende cuando se estudia el tema en términos comparativos y en su totalidad, y no en parte. Los derechos y responsabilidades de una mujer son iguales a los de un hombre, aunque no sean necesariamente idénticos a ellos. Igualdad e identidad son dos cosas muy diferentes.

La distinción entre igualdad e identidad adquiere la máxima importancia. La igualdad es deseable, justa, razonable, pero no la identidad. Las personas han sido creadas iguales, no idénticas. Habida cuenta de esta diferencia, no cabe imaginar que la mujer sea inferior al hombre. No hay fundamento para suponer que ella sea menos importante que el hombre, porque sus derechos no sean idénticos a los suyos. Si su condición hubiera sido idéntica, ella habría sido simplemente una copia de él, y no es así, el hecho de que el Islam otorgue derechos iguales -pero no idénticos-, indica que presta a la mujer la debida consideración, le reconoce y le otorga personalidad independiente.


No está dentro del Islam considerar a la mujer como producto de dominio, o como semilla del mal. Ni tampoco coloca el Corán al hombre como señor dominante de la mujer, a quién sólo cabe la posibilidad de someterse a su dominio. Ni fue el Islam el que introdujo la cuestión de que si tiene o no alma la mujer. Jamás en la historia del Islam, ha dudado un musulmán de la condición humana de la mujer, o de si posee alma, y demás hermosas cualidades espirituales. A diferencia de otras creencias populares, el Islam no culpa sólo a Eva del pecado original. El Sagrado Corán deja muy claro que fueron tentados tanto Adán como Eva, que Dios perdonó a ambos después de su arrepentimiento, y que Dios se dirigió a ellos conjuntamente (2:235-36; 7:19-27; 20:117). El Sagrado Corán da realmente la impresión de que Adán fue más culpable del pecado original, que dio lugar a prejuicios contra la mujer y a sospechas en cuanto a sus obras. Pero el Islam no justifica este prejuicio o sospecha, porque Adán y Eva cometieron el mismo error y si hemos de culpar a Eva debemos culpar a Adán, en la misma medida, o más aún.

La condición de la mujer es en el Islam algo único, nuevo, distinto a la de cualquier otro sistema. Si nos dirigimos al mundo comunista o a las naciones democráticas, la mujer pagó una fuerte suma por establecer su condición de ser humano poseedor de alma. No obstante todos estos costosos sacrificios y dolorosas luchas, aún no ha adquirido lo que ha establecido el Islam, por decreto divino, para la mujer musulmana.

El Islam ha establecido para la mujer lo que se adapta a su naturaleza, le da plena seguridad, la protege contra circunstancias desdichadas y los rumbos inciertos de la vida. No intentamos manipular la situación de muchos hogares desgraciados que se rompen por la "libertad" y los "derechos" de los que alardea la mujer moderna. La mayoría de las mujeres ejercen hoy el derecho de la libertad para salir solas, trabajar y ganar, para equipararse al hombre; pero, esto, tristemente, se consigue a expensas de sus familias. Es tan obvio que todos lo saben. Lo que no se conoce es la situación de la mujer en Islam. En los siguientes pasajes trataremos de resumir la actitud del Islam respecto de la mujer:

1. El Islam reconoce a la mujer como compañera plena e igual del hombre en la procreación de la humanidad. Él es el padre, ella la madre, y los dos son esenciales para la vida. Su papel no es menos vital que el de aquél. Por esta razón su participación es la misma en todos los aspectos; ella tiene derecho a los mismos derechos, asume las mismas responsabilidades y hay en ella tantas cualidades y humanidad como en las de su pareja.

Dios dice con respecto a esta igual participación en la reproducción del género humano:

"¡Oh humanos!, ciertamente, os creamos de un hombre y una mujer y os dividimos en
naciones y tribus, para que os reconozcáis" (Sagrado Corán 49:13; cf. 4:1).

2. Es igual al hombre, al asumir responsabilidades comunes y al recibir premios por sus obras. Está reconocida como personalidad independiente, poseedora de cualidades humanas y digna de aspiraciones espirituales. Su naturaleza humana no es inferior, ni distinta a la del hombre. Ambos son miembros uno del otro. Dios dice:

Su Señor les exhortó, diciendo: "Jamás desmereceré la obra de cualquiera de vosotros, sea
hombre o mujer; porque descendéis unos de otros".

3. Es igual al hombre en la búsqueda de educación y sabiduría. Cuando el Islam ordena buscar la sabiduría a los musulmanes, no establece distinción entre hombre y mujer. Hace casi catorce siglos, Mujámmad (Paz y Bendiciones de Dios sean con él) declaró que la búsqueda de sabiduría incumbe a cada musulmán, hombre y mujer. Esta declaración fue muy clara, y puesta en práctica por los musulmanes a través de la historia.

4. Tiene derecho a la libertad de expresión lo mismo que el hombre. Sus opiniones sensatas se toman en consideración, y no pueden descartarse sólo porque proceden del sexo femenino. Se refiere en el Sagrado Corán, y en la historia, que la mujer no sólo expresó su opinión libremente, sino que argumentó y participó en serias discusiones con el Profeta (PyB) y con otros jefes musulmanes (Sagrado Corán 58:1-4; 60:10-12). Además hubo ocasiones en las que las mujeres musulmanas expresaban sus opiniones sobre materias legislativas de interés público y se oponían a los califas, quienes aceptaban los razonables argumentos de estas mujeres. Un ejemplo específico tuvo lugar durante el Califato de Umar Ibn al-khattab.

5. Los datos históricos indican que las mujeres participaban en la vida pública con los primeros musulmanes, especialmente en momentos de emergencia. Las mujeres solían acompañar a los ejércitos musulmanes que entraban en batallas para atender a los heridos, preparar suministros, servir a los guerreros, etc. No quedaban encerradas detrás de las barras de hierro, ni se las consideraba criaturas inútiles, carentes de alma.

6. El Islam concede a la mujer derechos iguales para contratar, crear empresas, ganar y poseer independientemente. Su vida, su propiedad, su honor son tan sagrados como los del hombre. Si comete alguna ofensa, su castigo no es mayor o menor que el de un hombre, en caso semejante. Si sufre daño o perjuicio, recibe las compensaciones debidas igual que el hombre, en su situación (Sagrado Corán 2:178; 4:45-92-93).

7. El Islam no relaciona estos derechos en forma estadística para descansar después. Ha tomado medidas para salvaguardarlos y ponerlos en práctica, como artículos integrantes de fe. Jamás tolera a quienes tienden a perjudicar a la mujer, o a establecer discriminación entre hombres y mujeres. El Sagrado Corán reprocha, una y otra vez, a quienes acostumbraban a creer que la mujer era inferior al hombre (16:57-59-62; 42:47-50; 43:15-19; 53:21-23).


8. Aparte del reconocimiento de la mujer como ser humano independiente, aceptada como igualmente esencial para la supervivencia de la humanidad, el Islam le ha dado una participación en la herencia. Antes del Islam, no sólo se vio privada de esa participación, sino que fue considerada como propiedad para ser heredada por el hombre. Al margen de esta concepción de propiedad transferible, el Islam la consideró heredera reconociendo las cualidades humanas inherentes en la mujer. Tanto si es esposa o madre, hermana o hija, recibe una cierta parte de la propiedad del familiar difunto, parte que depende de su grado de relación con el fallecido y le número de herederos. Esta parte es suya y nadie puede tomarla, ni privarla de ella. Aunque el difunto desee desposeerla de ella, haciendo testamento en favor de otros familiares, o de cualquier otra causa, la ley islámica no se lo permitirá. Todo propietario está autorizado a testar dentro del límite de un tercio de su propiedad, de manera que ella no afecta a los derechos de sus herederos hombres o mujeres. En el caso de herencia se aplica plenamente la cuestión de igualdad e identidad. En principio, tanto el hombre como la mujer están igualmente facultados a heredar la propiedad de los familiares fallecidos. En algunas ocasiones, el hombre recibe dos partes mientras que la mujer sólo recibe una. Esto no es señal de que se otorga preferencia o supremacía al hombre sobre la mujer. Las razones por las que el hombre recibe más, en estos casos particulares, pueden clasificarse como sigue:

PRIMERO - El hombre es la persona responsable del total mantenimiento de su esposa, su familia y demás parientes necesitados. La ley islámica le obliga a asumir todas las responsabilidades financieras y mantener adecuadamente a las personas que están a su cargo. Es también deber suyo contribuir económicamente a todas las buenas causas de la sociedad. La totalidad de las cargas financieras son soportadas exclusivamente por él.

SEGUNDO - Por el contrario, la mujer no tiene responsabilidad financiera alguna, excepto la pequeña correspondiente a sus gastos personales, las cosas lujosas que desee tener. Goza de seguridad económica y está mantenida. Si es esposa, la provee el marido; si es madre, el hijo; si es hija, el padre y, si es hermana, el hermano, etc. Sii no tiene familiares de los que depender no hay problema de herencia, porque no hay nada que heredar y nadie que legue en ella. No obstante, no se le puede dejar morir de hambre; el conjunto de la sociedad, el estado, tienen la obligación de mantenerla. De ayudarla o de proporcionarle un trabajo para ganar el sustento, y todo dinero que consiga será suyo. No es responsable de mantener a nadie, además de ella. Si fuera un hombre el que estuviera en su situación, éste debe ser el responsable de la familia y de los posibles miembros que necesitan de su ayuda. Por eso, en la situación más extrema, su responsabilidad económica de la mujer es limitada, mientras que la del hombre es ilimitada.

TERCERO - Cuando una mujer recibe menos que un hombre, no se la desposee de nada por lo que haya trabajado. La propiedad heredada no es resultado de sus ganancias y de sus esfuerzos. Es algo que procede de una fuente neutral, algo adicional o extra. Es algo por lo que no lucharon ni el hombre ni la mujer. Es una especie de ayuda, y toda ayuda ha de repartirse con arreglo a las urgentes necesidades y responsabilidades, especialmente cuando el reparto está regulado por la Ley de Dios.

En otro caso tenemos a un heredero varón cargado con toda clase de responsabilidades y compromisos económicos. Por otro, tenemos a una heredera mujer sin ninguna responsabilidad en absoluto, o como mucho, muy pequeña. Para ellos tenemos algunos bienes y ayuda para distribuir por vía de herencia.

-Si desposeemos completamente a la mujer, sería injusto para ella porque es pariente del difunto.

-Del mismo modo, si damos siempre a ella una parte igual a la del hombre, sería injusto para él.


Por ello, en lugar de ser injustos con cualquiera de ellos, el Islam da al hombre una porción mayor de los bienes heredados para ayudarle a satisfacer sus necesidades familiares, y responsabilidades sociales. Al mismo tiempo el Islam no ha olvidado a la mujer, puesto que le ha dado una porción para satisfacer sus necesidades muy personales. De hecho, el Islam es, en este respecto, más benevolente con ella que con él. Podemos decir aquí que cuando se toman en conjunto los derechos de la mujer son iguales a los del hombre, aunque no necesariamente idénticos.

9. En algunos casos de atestiguación de determinados contratos civiles, se requieren dos hombres, o bien un hombre y dos mujeres. Tampoco esto indica que la mujer sea inferior al hombre. Es una medida para asegurar los derechos de las partes contratantes, porque la mujer, por regla general, no está experimentada en la vida práctica como el hombre. Esta falta de experiencia puede perjudicar a cualquiera de las partes en un contrato dado. Por eso, la ley requiere que por lo menos testifiquen dos mujeres con un hombre. Si una olvida algo, la otra se lo recordará. O si comete un error, dada la falta de experiencia, la otra le ayudará a corregirlo. Se trata de una medida de precaución para garantizar las acciones honradas y tratos adecuados entre los individuos. En cualquier caso, la falta de experiencia en la vida civil no significa necesariamente que la condición femenina sea inferior a la masculina. Todo ser humano carece de algo, pero ello no debe suscitar dudas respecto a su condición humana.

NOTA: es interesante que el testimonio de una mujer en determinados asuntos sea exclusivo y su experiencia decisiva. Es aceptado el testimonio de uno que no es hombre y para ello es suficiente que sólo sea una mujer. Además, testificar en los contratos y en las transacciones comerciales no es un privilegio sino un deber (Sagrado Corán 2:282-283) que debe cumplirse.

10. La mujer goza de ciertos privilegios de los que carece el hombre:

- Está libre de algunos deberes religiosos, p.e. la oración y el ayuno, en sus períodos regulares y en los momentos de parto.

- Está exenta de asistir a la asamblea obligatoria del viernes.

- Esta exenta de toda responsabilidad financiera.

- Como madre, goza de mayor reconocimiento y honor a los ojos de Dios (Sagrado Corán 31:14-15). El Profeta Mujámmad (PyB) sancionó este honor cuando declaró que el paraíso se encuentra bajo los pies de las madres.

- Tiene derecho a las tres cuartas partes del amor y de las atenciones del hijo, quedándole al padre la cuarta parte restante.

- Como esposa, tiene derecho a exigir a su presunto marido una dote adecuada, que sería suya propia.

- Tiene también derecho a recibir pleno sustento y mantenimiento del marido.

- No está obligada a trabajar, ni a compartir los gastos familiares con el marido.

- Es libre para retener, después del matrimonio, cuanto poseyera con anterioridad, y el marido no tiene derecho alguno a sus pertenencias.

- Como hija o hermana tiene derecho a seguridad y sustento por parte del padre o hermano, respectivamente. Este es un privilegio de la mujer.

- Si desea trabajar, auto bastarse, y participar en el manejo de las responsabilidades familiares, es totalmente libre de hacerlo, siempre que queden salvaguardados su integridad y honor.

11. Que la mujer esté situada detrás del hombre en la oración no indica en absoluto que sea inferior a él. Como ya se ha mencionado, la mujer está exenta de asistir a las plegarias comunitarias que son obligatorias del hombre. Pero si participa en ellas, se mantiene en filas aparte formadas exclusivamente por mujeres. Lo mismo que los menores se agrupan en filas separadas detrás de los adultos. Es una norma de disciplina en la oración, y no una clasificación por importancia. En las hileras de hombres, el jefe de estado reza, hombro con hombro, con el pobre. Los hombres de las categorías sociales más elevadas están al lado de otros hombres de las categorías más bajas. El orden de las filas en la oración persigue ayudar a todos a concentrarse en la meditación. Es muy importante, porque los rezos musulmanes no son simplemente cantos ni soniquetes. Implica acciones, movimientos, estar de pie, hacer reverencias, postrarse, etc. Sii los hombres se mezclaran con las mujeres en las mismas filas sería posible que algo les molestara o distrajera su atención. La mente estaría ocupada por algo ajeno a la oración y se apartaría de la abstracción meditativa. El resultado turbaría los propósitos de la plegaria y constituiría un pecado de adulterio cometido por los ojos, porque los ojos -al mirar las cosas prohibidas- puede ser culpable de adulterio, tanto como el corazón. Además, no está permitido que ningún musulmán, hombre o mujer, toque el cuerpo de otra persona del sexo opuesto durante la oración. Si los hombres y las mujeres están mezclados no se puede evitar tocarse. Más aún, si una mujer está rezando delante de un hombre o al lado suyo, es muy posible que quede al descubierto alguna parte de su cuerpo vestido, después de un determinado movimiento de reverencia o postración. Los ojos del hombre pueden estar mirando la parte descubierta lo que perturbará a la mujer y expondrá al hombre a distracción o a malos pensamientos. Por ello, para evitar la turbación y la distracción, para ayudar a concentrarse en la meditación y en los pensamientos puros, para mantener armonía y el orden entre los orantes, para cumplir los verdaderos propósitos de la oración, el Islam ha ordenado la organización en hileras con los hombres ocupando las primeras líneas, los niños detrás de ellos y las mujeres a continuación de los niños. Cualquiera que tenga algún conocimiento de la naturaleza y los fines de la oración musulmana entenderá rápidamente la sensatez de formar las filas de orantes de esta manera.

12. La mujer musulmana está siempre asociada con una antigua tradición conocida como "el velo". Es propio del Islam que la mujer se embellezca con el velo del honor, la dignidad, castidad, pureza e integridad. Debe abstenerse de todos los actos y gestos que puedan sacudir las pasiones de quienes no sean su legítimo esposo, o hacer sospechar de su moralidad. Se le recomienda que no muestre sus encantos, ni exponga sus atractivos físicos ante extraños. El velo que debe ponerse debe ser de tal manera que proteja su alma de la debilidad, su mente de la indulgencia, sus ojos de las miradas sensuales y su personalidad de la desmoralización. El Islam se preocupa sobremanera por la integridad de la mujer, salvaguardando su moral y su espíritu con la protección de su carácter y personalidad. (Sagrado Corán 24: 30-31).

13. Queda ya claro que la mujer alcanza en el Islam una altura sin precedentes y se acomoda a su naturaleza de forma realista. Sus derechos y deberes son iguales a los del hombre, aunque no sean necesaria ni absolutamente idénticos. Si se la desposee de una cosa en algún aspecto, se le compensa plenamente con más cosas en otros aspectos. El hecho de que pertenezca al sexo femenino carece de importancia en su condición humana o en su personalidad independiente, y no da base para justificar los prejuicios contra ella o la injusticia hacia su persona. El Islam le da tanto como le pide. Sus derechos se equilibran perfectamente a sus obligaciones. Se mantiene la igualdad entre los derechos y los deberes, sin que unos sobrepase a otros. La condición de la mujer aparece claramente en el versículo coránico que puede traducirse en estos términos:

"Las divorciadas aguardarán tres menstruos y no le es lícito ocultar lo que
Dios ha creado en sus entrañas, si creen en Dios y en el día del Juicio Final.
En esta situación, será más conveniente que sus esposos las readmitan, siempre
que deseen la reconciliación, y ellas tienen derechos sobre ellos como ellos
sobre ellas, y los hombres tienen un grado sobre ellas, porque Dios es poderoso,
prudente" (Sagrado Corán 2:228).

Este grado no es título de supremacía o una autorización para dominar sobre ella. Corresponde a las responsabilidades adicionales y de cierta compensación por sus obligaciones ilimitadas. El versículo antes mencionado se interpreta siempre en la luz de otro (4:34).

Son estas responsabilidades adicionales las que dan al hombre un grado sobre la mujer, en algunos aspectos económicos. No se trata de un grado superior en mandar, o en carácter. Ni tampoco el dominio de uno sobre el otro, o la supresión de uno por el otro. Es una distribución de la abundancia divina, de acuerdo con las necesidades de la naturaleza, de las que Dios es Hacedor. Y Él conoce muy bien lo que es bueno para la mujer y lo que es bueno para el hombre. Dios es absolutamente infalible cuando declara:

"¡Oh humanos! Temed a vuestro Señor, que os creó de un sólo ser,
del cual creó a su esposa y de ambos hizo descender a innumerables
hombres y mujeres" (Sagrado Corán 4:1).

La Relación Marido-Mujer:

Con la piedad (taquwa), como base de la selección de pareja, y con la sincera satisfacción de las condiciones del matrimonio, deberían seguir el camino para alcanzar una vida de casados, feliz y gratificante. Pero el Islam va mucho más allá de esta determinación, del compromiso a seguir, por maridos y mujeres. Son muchas las palabras del Sagrado Corán y de la Sunnah (Tradiciones del Profeta Mujámmad -que la paz y las bendiciones de Dios sean con él) que prescriben la consideración y la justicia, la compasión y el amor, la simpatía y la benevolencia, la paciencia y la buena voluntad. El Profeta (PyB) llega a afirmar que el mejor musulmán es aquel que mejor se comporta con su familia, y que el mayor y más bendito gozo de la vida se encuentra en una esposa buena y recta.

La consumación del matrimonio engendra una nueva situación para las partes interesadas. Esta nueva situación lleva consigo un conjunto de derechos y obligaciones, equitativas y proporcionadas. El papel del marido gira en torno al principio moral de que contrae con Dios la solemne obligación de tratar a su mujer con amabilidad, honor y paciencia, mantenerla honradamente, o liberarla honorablemente del vínculo del matrimonio, y no causarle aflicción o daño alguno (Sagrado Corán 2:229-232; 4:19).

El papel de la esposa se resume en el versículo que dice que las mujeres gozan de derechos iguales a sus obligaciones, con arreglo a lo que es justo, si bien los hombre están un grado por encima de ellas (Sagrado Corán 2:228). Este grado suele ser interpretado por los eruditos musulmanes en conjunción con otro pasaje que afirma, entre otras cosas, que los hombres son depositarios, guardianes y protectores de las mujeres, porque Dios ha dado a unos más que a otros y porque los hombres gastan de sus propios medios (Sagrado Corán 4:34). Este grado puede asemejarse al que los sociólogos denominan "liderazgo instrumental", o autoridad externa en el hogar, debido a la división de tareas y a la diferenciación de roles. Ello no significa, sin embargo, ninguna discriminación, o superioridad categórica, de un sexo respecto del otro.

Esta cuestión de grado ha sido mal interpretada por musulmanes y no musulmanes. Nos referimos a esta cuestión con mayor detalle en The family Structure in Islam (la estructura de la familia en el Islam). Llegamos a la conclusión de que el versículo no dice que los hombres sean mejores o peores que las mujeres. Ni tampoco dice a qué preferencia se refiere realmente, dejando que cada uno la identifique con los hombres o con las mujeres.


Derechos y deberes de la mujer:

A. Derechos de la mujer: Obligaciones del marido. Traducido en reglas de comportamiento estos principios éticos asignan a la mujer determinados derechos y las obligaciones correspondientes. Habida cuenta de que el Sagrado Corán y la Sunnah del Profeta (PyB) han ordenado la gentileza con las mujeres, es deber del marido armonizar con su esposa de manera equitativa y amable. Una consecuencia específica de este mandato divino es su responsabilidad en cuanto al entero mantenimiento de la mujer, deber que tiene que cumplir alegremente, sin reproche, ni injuria.

1. Componentes del mantenimiento: El mantenimiento implica el derecho incontestable de la esposa a la vivienda, el vestir, la alimentación y la atención y bienestar en general. La vivienda de la mujer debe ser adecuada, de tal forma que le proporcione el grado de intimidad, confort e independencia razonables. La prosperidad y la estabilidad del matrimonio reviste importancia primordial. Lo mismo puede decirse de la ropa, el alimento y el cuidado general. La mujer tiene derecho a ser vestida, alimentada y atendida por el marido, de acuerdo con sus medios y estilo de vida. Estos derechos deben ejercitarse sin extravagancia ni tacañería.

2. Derechos inmateriales: Los derechos inmateriales de la esposa no sólo son la seguridad y la protección. Posee otros derechos, de carácter moral, igualmente vinculantes y específicos. La ley de Dios manda al marido tratar a su esposa con justicia, respetar sus sentimientos y hacerla objeto de gentilezas y consideración. No debe recibir animadversión alguna por parte del marido, ni estar sometida a ansiedades o incertidumbres. Esta regla tiene como consecuencia que ningún hombre está autorizado a conservar a su esposa con intención de infligirle daño, o poner trabas a su libertad. Si no tiene amor o simpatía hacia ella, ésta tiene derecho a reclamar la liberación del vínculo matrimonial y nadie puede impedir que tome una nueva vida.

B. Las obligaciones de la mujer: los derechos del marido. La principal obligación de la esposa, como compañera en una relación conyugal, consiste en contribuir al éxito y dicha del matrimonio, en la medida de lo posible. Debe prestar atención a la comodidad y al bienestar de su cónyuge. No debe ofenderle, ni herir sus sentimientos. Quizás, nada puede ilustrar mejor la cuestión que las palabras coránicas, que describe a los justos como quieres oran:

Dicen:"¡Señor! ¡Haznos el regalo de que nuestras esposas y descendencia sea
nuestra alegría, haz que seamos modelo para los temerosos de Dios"
(Sagrado Corán 25:74)

Esta es la base sobre la que descansan, y emanan, todas las obligaciones de la esposa. Para dar cumplimiento a este deber básico, la mujer ha de ser fiel, honrada y digna de confianza. Más específicamente, no debe engañar a su compañero, evitando deliberadamente la concepción, y menos aún, privándole de legítima descendencia. Ni tampoco permitirá a otra persona tener acceso a lo que constituye el derecho exclusivo del marido, o sea, la intimidad sexual. Por consiguiente, no recibirá ni agasajará a hombres extraños en su hogar, sin el conocimiento y consentimiento del marido. Ni aceptará sus regalos sin la aprobación de éste. Ello pretende, probablemente, evitar celos, la sospecha, el chismorreo, etc., además de mantener la integridad de todas las partes afectadas. Los bienes del marido son asunto de su interés. Si ella tiene acceso a una porción de ellos, o si recibe en depósito algunos fondos, debe cumplir su deber con sabiduría y mensura. No prestará, ni dispondrá de ninguna de las pertenencias de su esposo, sin permiso de él.

En cuanto a la intimidad, la mujer ha de hacerse deseable; ser atractiva, responsable y colaboradora. Una esposa no puede negarse a su marido, pues el Sagrado Corán habla de ellos como de consuelo uno para el otro. Naturalmente, hay que tener en cuenta la salud y la decencia. Además, no se permite a la mujer realizar nada que haga su compañía menos apetecible o gratificadora. Si hace algo semejante, o se descuida a sí misma, el marido tiene derecho a inmiscuirse en su libertad, al objeto de rectificar la situación, para así asegurar la máxima realización de los propios deseos, por ambas partes. El esposo no está autorizado a hacer nada que pueda impedir la satisfacción de su esposa.
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